miércoles, 10 de junio de 2020

...y nos dieron la 421 !!!


Circula por las redes sociales y medios de comunicación una demanda cada vez mayor de abrogación de la Ley 421, como medida previa a las elecciones.

Se ha implantado en la ciudadanía la idea de que esta ley produce inequidad en la cantidad de electores necesarios para conseguir un escaño uninominal. La demanda es lograr que el voto de cada ciudadano tenga el mismo valor electoral que cualquier otro, 1 ciudadano = 1 voto.

Si nos referimos al texto de la ley, específicamente la 421 en cuestión (https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N421.html) , NO encontraremos NINGÚN elemento que haga concluir que su derogación permita solucionar la demanda. Esta ley establece claramente la modificación en la cantidad de escaños asignados a cada departamento, determinada previamente en la Ley 026 del Régimen Electoral. (https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N26.xhtml?dcmi_identifier=BO-L-N26&format=xhtml)

El primer efecto que tendría la abrogación de la 421 es la reducción de 28 diputados uninominales por Santa Cruz, a los 25 que tenía antes de 2014, en favor de Potosí, Chuquisaca y Beni.

No hace falta decir que esto causaría un problema enorme, muy difícil de solucionar en el actual, accidentado y complejo proceso electoral.

La norma que delimita las circunscripciones, al interior de los Departamentos es el “REGLAMENTO DE DELIMITACION DE CIRCUNSCRIPCIONES UNINOMINALES” (http://fepc.org.bo/relacionespublicas/Circulares%202014/05%20Mayo/TSE%20-%20Regl_Delimitacion_Circunscripciones_Uninominales.pdf ), y es oficializada por medio de la Resolución 2014 – TSE-RSP No. 0195/2014, (https://es.slideshare.net/BoliviaVota/mapas-de-circunscripciones-uninominales-del-estado-plurinacional-de-bolivia  de la  funesta e impune “banda de los 7” (Wilma Velasco, Wilfredo Ovando, Irineo Zuna, RamiroParedes, Marco Ayala, Fanny Rivas, Dina Chuquimia). Ambos documentos describen de manera detallada la forma en que se diseñó la distribución de escaños que hoy es tan cuestionada.

Esta rápida investigación, con recursos de acceso público, me lleva a hacer algunas preguntas:

1.     Cuál es la intención de promover con tanta intensidad la abrogación de la Ley 421, que no solucionaría nada y que es muy difícil que sea considerada por los 2/3 masistas en la ALP ?

2.     Porque la campaña por esta abrogación, así de intensa, es casi anónima? no tiene ninguna señal de su autoría. Tendrá algo que ver el hecho de que causaría perjuicio al Departamento de Santa Cruz?

3.     Porque demandar la abrogación de la ley, si la solución está en manos del TSE y una actualización de la distribución de escaños, con una simple Resolución, sin tener que sortear la enorme barrera masista en la Asamblea Legislativa?

4.     Porque algunos exigen elecciones a la brevedad posible, y al mismo tiempo promueven esta abrogación que podría dilatar muchísimo los plazos?

5.     A qué se debe el silencio de Carlos Mesa y Tuto Quiroga sobre este tema?

6.     Cual es la intención del CONADE al sumarse a esta demanda?

7.  Estaré tan perdido que saco conclusiones equivocadas y todos los políticos, increíblemente bienintencionados y de buena fe, saben lo que hacen?

No soy abogado ni pretendo arrogarme conocimientos extraordinarios. Simplemente hago una lectura de los documentos a mi disposición en la red.


A criterio mío, que es el contenido de esta columna, hay muchas preguntas sin respuesta, hay más sombras que luces. El estilo masista de implantar falsedades en el imaginario colectivo ha pegado peligrosamente fuerte en nuestros políticos. No tengo dudas. No por nada son muchísimo más prolíficos en la crítica y el ataque al adversario, que en la propuesta y el legítimo interés por el bien común.

No sorprende que no les importe en lo más mínimo los riesgos que corremos todos por acudir a elecciones en plena emergencia.

Sálvese quien pueda !!!


Hector Castro G. * 11 Junio 2020




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