Circula por
las redes sociales y medios de comunicación una demanda cada vez mayor de
abrogación de la Ley 421, como medida previa a las elecciones.
Se ha
implantado en la ciudadanía la idea de que esta ley produce inequidad en la
cantidad de electores necesarios para conseguir un escaño uninominal. La
demanda es lograr que el voto de cada ciudadano tenga el mismo valor electoral
que cualquier otro, 1 ciudadano = 1 voto.
Si nos
referimos al texto de la ley, específicamente la 421 en cuestión (https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N421.html)
, NO encontraremos NINGÚN
elemento que haga concluir que su derogación permita solucionar la demanda. Esta
ley establece claramente la modificación en la cantidad de escaños asignados a
cada departamento, determinada previamente en la Ley 026 del Régimen Electoral.
(https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N26.xhtml?dcmi_identifier=BO-L-N26&format=xhtml)
El primer
efecto que tendría la abrogación de la 421 es la reducción de 28 diputados
uninominales por Santa Cruz, a los 25 que tenía antes de 2014, en favor de
Potosí, Chuquisaca y Beni.
No hace
falta decir que esto causaría un problema enorme, muy difícil de solucionar en el
actual, accidentado y complejo proceso electoral.
La norma que
delimita las circunscripciones, al interior de los Departamentos es el “REGLAMENTO
DE DELIMITACION DE CIRCUNSCRIPCIONES UNINOMINALES” (http://fepc.org.bo/relacionespublicas/Circulares%202014/05%20Mayo/TSE%20-%20Regl_Delimitacion_Circunscripciones_Uninominales.pdf ), y es oficializada por medio de la
Resolución 2014 – TSE-RSP No. 0195/2014, (https://es.slideshare.net/BoliviaVota/mapas-de-circunscripciones-uninominales-del-estado-plurinacional-de-bolivia de la funesta e impune “banda de
los 7” (Wilma Velasco, Wilfredo Ovando, Irineo Zuna, RamiroParedes, Marco Ayala,
Fanny Rivas, Dina Chuquimia). Ambos documentos describen de manera detallada la
forma en que se diseñó la distribución de escaños que hoy es tan cuestionada.
Esta rápida
investigación, con recursos de acceso público, me lleva a hacer algunas
preguntas:
1. Cuál es la intención de promover con
tanta intensidad la abrogación de la Ley 421, que no solucionaría nada y que es
muy difícil que sea considerada por los 2/3 masistas en la ALP ?
2. Porque la campaña por esta
abrogación, así de intensa, es casi anónima? no tiene ninguna señal de su
autoría. Tendrá algo que ver el hecho de que causaría perjuicio al Departamento
de Santa Cruz?
3. Porque demandar la abrogación de la
ley, si la solución está en manos del TSE y una actualización de la
distribución de escaños, con una simple Resolución, sin tener que sortear la
enorme barrera masista en la Asamblea Legislativa?
4. Porque algunos exigen elecciones a la
brevedad posible, y al mismo tiempo promueven esta abrogación que podría
dilatar muchísimo los plazos?
5. A qué se debe el silencio de Carlos
Mesa y Tuto Quiroga sobre este tema?
6. Cual es la intención del CONADE al
sumarse a esta demanda?
7. Estaré tan perdido que saco
conclusiones equivocadas y todos los políticos, increíblemente bienintencionados
y de buena fe, saben lo que hacen?
No soy
abogado ni pretendo arrogarme conocimientos extraordinarios. Simplemente hago
una lectura de los documentos a mi disposición en la red.
A criterio
mío, que es el contenido de esta columna, hay muchas preguntas sin respuesta,
hay más sombras que luces. El estilo masista de implantar falsedades en el
imaginario colectivo ha pegado peligrosamente fuerte en nuestros políticos. No
tengo dudas. No por nada son muchísimo más prolíficos en la crítica y el ataque
al adversario, que en la propuesta y el legítimo interés por el bien común.
No sorprende
que no les importe en lo más mínimo los riesgos que corremos todos por acudir a
elecciones en plena emergencia.
Sálvese
quien pueda !!!
Hector
Castro G. * 11 Junio 2020
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