martes, 27 de abril de 2021

LA IMPOSTURA DE SUS MENTIRAS

Si algo caracteriza al gobierno, mejor dicho “gobierno”, de Arce Catacora, es la mentira. No hay día en que no suelten una mentira.

Desde las más grandes y cínicas, como desarrollaré a continuación, hasta los temas cotidianos del país. Lo cierto es que no hay gobierno, no hay presidente, no hay ninguna intención de hacer lo necesario para que el país salga adelante, y está clarísimo que al inexistente (inútil es un calificativo muy generoso) Luis Arce no le importa en lo más mínimo.

El pasado año 2020 se inició un proceso penal por los delitos de terrorismo y sedición, en contra del ex presidente fugado y un dirigente vinculado al narcotráfico, en base a una conversación telefónica, verificada y autenticada por más de una instancia técnica y legal. La defensa jurídica de los presuntos delincuentes no encontró forma de desvirtuar los cargos. La defensa material era imposible dentro de la legislación vigente. El único recurso que encontraron fue acudir a algunos parlamentarios, que por su legitimación activa podían recurrir al Tribunal Constitucional Plurinacional y pedir que los artículos 123 y 133 del Código Penal, referidos a los delitos de SEDICIÓN Y TERRORISMO respectivamente, sean declarados INCONSTITUCIONALES.

Como es de conocimiento público, no se da cumplimiento al mandamiento de detención para Morales Ayma y Yucra Yarwi, dentro el proceso penal signado con el caso N° LPZ 1914866, pese a existir el Edicto en: https://edictos.organojudicial.gob.bo/Home/Detalle/13322, salvo que haya sido desactivado, extremo que no es evidente en el bloque de información pública del proceso.

Los diputados Sonia Brito, Juana Quispe, Franklin Flores, y la Senadora Adriana Salvatierra, SOLICITAN LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTS. 123 Y 133 DEL CODIGO PENAL BOLIVIANO de acuerdo al Expediente  33807-2020-68-AIA admitido por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.

Presuntamente, esta Comisión habría emitido un Auto Constitucional, que de manera precautoria dejaría sin efecto los artículos recurridos, por lo que el proceso contra los sindicados habría quedado desvirtuado y archivado. El ordenamiento jurídico dice que “se presume la constitucionalidad de la ley impugnada, mientras no se determine lo contrario”

Resulta extraño que esta actuación de extrema importancia del Tribunal Constitucional Plurinacional NO APARECE en el expediente público, pese a que habría sido notificada, como corresponde, la instancia recurrida de inconstitucionalidad, la Asamblea Legislativa Plurinacional, que además cumplió con el apersonamiento y cargo de recepción por parte de su Presidente Nato,  David Choquehuanca Cespedes.

La Ex Presidente Jeanine Añez es imputada de los delitos de SEDICIÓN Y TERRORISMO, los que aparentemente han quedado en suspenso, mientras el Tribunal Constitucional determine su vigencia o sean retirados del ordenamiento jurídico nacional. Es decir que los artículos 123 y 133 del Código Penal están vigentes para encausar a Jeanine Añez, pero no están vigentes para continuar el proceso contra Evo Morales y Faustino Yucra.

Más allá de que existe el principio constitucional de isonomía, que “todos somos iguales ante la ley”, que es parte del concepto del debido proceso, vale la pena resaltar que el abogado patrocinante de los asambleístas mencionados antes, forma parte del bufete del Sr. Ministro de Justicia, Ivan Lima Magne, por lo que es fácil concluir que él está muy al tanto de que los delitos que imputa, y por los que mantiene presa a la ex Presidenta no forman parte del ordenamiento jurídico del estado.

No solo que encuentra sofismas para llevar adelante un proceso indebido e irregular, considerando que la Ex Presidente goza de caso de corte y por tanto Juicio de Responsabilidades, que NO consigna en ningún caso la  detención preventiva, sino que utiliza dos artículos que él mismo pidió, por delegación, sean considerados inconstitucionales.

También causa extrañeza la pasividad con que se toma la inobservancia de derechos y garantías constitucionales, como la prohibición de incomunicación de una persona privada de libertad (Art. 73 CPE), la resistencia a un fallo sobre una Acción de Libertad (Art. 126 CPE), las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia. Esta vulneración flagrante de los derechos de un solo ciudadano boliviano es un atentado contra la ciudadanía en su conjunto. No le hacen daño a la Sra. Añez. Destruyen la institucionalidad y el estado de derecho.  

No soy abogado, no represento a nadie más que a mi conciencia, por lo que tengo la legitimidad que me otorga simplemente mi calidad de ciudadano y mi libertad de expresión. Por esta razón no puedo dejar de denunciar lo que me parece una falta de ética y de profesionalidad, máxime si proviene de un ciudadano con rango de Ministro de estado, con el antecedente de haber sido Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, y con el añadido de que su discurso es de denuncia y demanda de reforma del sistema judicial. No le creo nada, señor Ministro. Usted es otro politiquero, al servicio de intereses inferiores, perversos y ladinos.

Bolivia necesita gobernantes íntegros. Personajes que utilicen sus conocimientos en bien de la colectividad. De ninguna manera toleraremos los bolivianos que, a título de “proceso de cambio” o algún otro “eufecinismo”, lleven los destinos del país por los caminos de la impostura, de la corrupción o de cualquier otra ocurrencia desfachatada.

No fue golpe, fue fraude. Usted lo sabe. Y también sabe que es esta conducta, tanto de mandatarios como de operadores de justicia, la que provoca el hartazgo ciudadano. Así se construye la rebelión civil, a la que les gusta denominar “golpe”, cuyo efecto primero, es el de expectorar a todos los dañinos, que con ellos, los bolivianos somos implacables discriminadores, a mucha honra.     

No somos “pititas”, no es una posición política, somos decentes !!!

 

Hector Castro G. * 27 Abril 2021

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