Si algo caracteriza al gobierno, mejor dicho “gobierno”, de Arce Catacora, es la mentira. No hay día en que no suelten una mentira.
Desde las más grandes y cínicas, como desarrollaré a
continuación, hasta los temas cotidianos del país. Lo cierto es que no hay
gobierno, no hay presidente, no hay ninguna intención de hacer lo necesario
para que el país salga adelante, y está clarísimo que al inexistente (inútil es
un calificativo muy generoso) Luis Arce no le importa en lo más mínimo.
El pasado año 2020 se inició un proceso penal por los
delitos de terrorismo y sedición, en contra del ex presidente fugado y un
dirigente vinculado al narcotráfico, en base a una conversación telefónica,
verificada y autenticada por más de una instancia técnica y legal. La defensa
jurídica de los presuntos delincuentes no encontró forma de desvirtuar los
cargos. La defensa material era imposible dentro de la legislación vigente. El
único recurso que encontraron fue acudir a algunos parlamentarios, que por su
legitimación activa podían recurrir al Tribunal Constitucional Plurinacional y
pedir que los artículos 123 y 133 del Código Penal, referidos a los delitos de
SEDICIÓN Y TERRORISMO respectivamente, sean declarados INCONSTITUCIONALES.
Como es de conocimiento público, no se da cumplimiento al mandamiento
de detención para Morales Ayma y Yucra Yarwi, dentro
el proceso penal signado con el caso N° LPZ 1914866, pese a existir el Edicto
en: https://edictos.organojudicial.gob.bo/Home/Detalle/13322,
salvo que haya sido desactivado, extremo que no es evidente en el bloque de
información pública del proceso.
Los diputados Sonia Brito, Juana Quispe, Franklin Flores, y
la Senadora Adriana Salvatierra, SOLICITAN LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTS.
123 Y 133 DEL CODIGO PENAL BOLIVIANO de acuerdo al Expediente 33807-2020-68-AIA admitido por la Comisión de
Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.
Presuntamente, esta Comisión habría emitido un Auto
Constitucional, que de manera precautoria dejaría sin efecto los artículos
recurridos, por lo que el proceso contra los sindicados habría quedado
desvirtuado y archivado. El ordenamiento jurídico dice que “se presume la
constitucionalidad de la ley impugnada, mientras no se determine lo contrario”
Resulta extraño que esta actuación de extrema importancia
del Tribunal Constitucional Plurinacional NO APARECE en el expediente público,
pese a que habría sido notificada, como corresponde, la instancia recurrida de
inconstitucionalidad, la Asamblea Legislativa Plurinacional, que además cumplió
con el apersonamiento y cargo de recepción por parte de su Presidente Nato, David Choquehuanca Cespedes.
La Ex Presidente Jeanine Añez es imputada de los delitos de
SEDICIÓN Y TERRORISMO, los que aparentemente han quedado en suspenso, mientras
el Tribunal Constitucional determine su vigencia o sean retirados del
ordenamiento jurídico nacional. Es decir que los artículos 123 y 133 del Código
Penal están vigentes para encausar a Jeanine Añez, pero no están vigentes para
continuar el proceso contra Evo Morales y Faustino Yucra.
Más allá de que existe el principio constitucional de isonomía,
que “todos somos iguales ante la ley”, que es parte del concepto del debido
proceso, vale la pena resaltar que el abogado patrocinante de los asambleístas mencionados
antes, forma parte del bufete del Sr. Ministro de Justicia, Ivan Lima Magne,
por lo que es fácil concluir que él está muy al tanto de que los delitos que imputa,
y por los que mantiene presa a la ex Presidenta no forman parte del
ordenamiento jurídico del estado.
No solo que encuentra sofismas para llevar adelante un
proceso indebido e irregular, considerando que la Ex Presidente goza de caso de
corte y por tanto Juicio de Responsabilidades, que NO consigna en ningún caso
la detención preventiva, sino que
utiliza dos artículos que él mismo pidió, por delegación, sean considerados
inconstitucionales.
También causa extrañeza la pasividad con que se toma la
inobservancia de derechos y garantías constitucionales, como la prohibición de
incomunicación de una persona privada de libertad (Art. 73 CPE), la resistencia
a un fallo sobre una Acción de Libertad (Art. 126 CPE), las garantías del
debido proceso y la presunción de inocencia. Esta vulneración flagrante de los
derechos de un solo ciudadano boliviano es un atentado contra la ciudadanía en
su conjunto. No le hacen daño a la Sra. Añez. Destruyen la institucionalidad y
el estado de derecho.
No soy abogado, no represento a nadie más que a mi
conciencia, por lo que tengo la legitimidad que me otorga simplemente mi
calidad de ciudadano y mi libertad de expresión. Por esta razón no puedo dejar
de denunciar lo que me parece una falta de ética y de profesionalidad, máxime
si proviene de un ciudadano con rango de Ministro de estado, con el antecedente
de haber sido Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, y con el añadido de
que su discurso es de denuncia y demanda de reforma del sistema judicial. No le
creo nada, señor Ministro. Usted es otro politiquero, al servicio de intereses
inferiores, perversos y ladinos.
Bolivia necesita gobernantes íntegros. Personajes que
utilicen sus conocimientos en bien de la colectividad. De ninguna manera
toleraremos los bolivianos que, a título de “proceso de cambio” o algún otro “eufecinismo”,
lleven los destinos del país por los caminos de la impostura, de la corrupción
o de cualquier otra ocurrencia desfachatada.
No fue golpe, fue fraude. Usted lo sabe. Y también sabe que
es esta conducta, tanto de mandatarios como de operadores de justicia, la que
provoca el hartazgo ciudadano. Así se construye la rebelión civil, a la que les
gusta denominar “golpe”, cuyo efecto primero, es el de expectorar a todos los
dañinos, que con ellos, los bolivianos somos implacables discriminadores, a
mucha honra.
No somos “pititas”, no es una posición política, somos
decentes !!!
Hector Castro G. * 27 Abril 2021
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